domingo, 14 de noviembre de 2010

Los derechos de la Ley Orgánica

La Ley Orgánica del Estado fue el código político más importante del régimen franquista.
Se aprobó en 1967.Establecía con claridad el predominio del poder ejecutivo sobre el legislativo.
En cuanto al jefe del Estado,nombraba al presidente del gobierno,convocaba Cortes y referendaba.También podía prorrogar las legislaturas de las Cortes y tenía derecho de veto sobre lo aprobado en ellas.Además,el presidente del gobierno ejercía la Jefatura Nacional del Movimiento y de su Consejo.Este hecho daba a entender que,como el presidente del gobierno no era elegido por las Cortes,sino por el jefe de Estado,sólo era responsable ante él;así pues,la soberanía nacional la representaba de manera más plena la Jefatura del Estado que las propias Cortes.El Consejo Nacional del Movimiento quedaba relegado a un segundo plano y su única función era la misma que la de un órgano consultivo.

Los derechos:la libertad de prensa y la libertad religiosa.

La Ley Orgánica fue la base a partir de la cual empezaron a surgir modificaciones sociales al final de la década de los sesenta y en los comienzos de los setenta.
Los sucesivos gobiernos pedían la instauración de una Ley de Prensa que diera cancha a las diferentes opiniones en el seno del régimen.Asimismo,los aliados occidentales también querían más transparencia por nuestra parte.Su realización no fue fácil,obviamente,muchos sectores del franquismo se opusieron a ella,acostumbrados a la comodidad de la censura y a la manipulación de lo que se sacaba a relucir.
Mas no hay que dejarse engañar por la "belleza" de la expresión "libertad de prensa",nada más lejos de la realidad.
No se podían construir empresas informativas,por lo que la llegada de nuevas revistas o periódicos era casi nula;se hacía responsable al director de cada publicación en caso de cometer alguna falta contra la ley;y,aunque se eliminó la censura previa,se creó la "consulta voluntaria".A estas limitaciones se sumaban las numerosas y graves multas.


La otra vía de apertura del régimen fue la libertad religiosa.
En el proceso de normalización de esta modificación confluyeron tres opiniones muy distintas:
por un lado,la oposición de algunos ministros integristas, por otro,la autorización de la Iglesia española y del Vaticano;y,por último,la presión del exterior para que se aprobara.
Fue la declaración del Concilio Vaticano II la que provocó el cambio.Las Cortes,en 1967,aprobaron la nueva ley;así,todas las confesiones religiosas eran tratadas por igual.Otra cuestión a parte era la mayoría aplastante de la Religión Católica(no olvidemos que fue la única oficial del régimen hasta ese momento).

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